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Notas Laborales: Beneficios económicos/sociales del trabajador doméstico -Y muerte de Joel Alcalá-

Por Gabriel Moreno.

A partir de la vigencia de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras, ocurrida el 8 de mayo del 2012, la tutela legal del trabajo doméstico sufrió importantes variaciones que, en sus consecuencias prácticas, significo importantes logros para ese valioso segmento de trabajadores.

En términos generales, en la historia de este país, lo más cercano a la mano de obra esclava, se asocia al trabajo doméstico.

Las secuelas más bárbaras, de esas rémoras esclavista, se ponían de bulto cuando él o la domestica llegaba a la ancianidad y ya no le útil a quien era a su patrono.
Después de mucho trabajar, y servir a otros, el doméstico sentía el látigo lacerante de la orfandad.

Quedaba sin dinero, sin trabajo y sin seguridad social.

Esa era la cosecha/realidad!

Eso, al menos en la ley, cambio.

La LOTTT dice que dichos trabajadores  estos trabajadores o trabajadoras  gozan de los derechos relativos a la seguridad social.

De manera que cuando usted instale un trabajador doméstico en su casa, ese hecho lo convierte en empleador y, en tal condición, debe inscribir al trabajador/a, en el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, IVSSS.

De igual manera, el patrono debe pagarle, al doméstico,  un salario que no puede ser menor al   mínimo nacional.

Al cumplir un año de servicios, el trabajador domestico tiene derecho a sus vacaciones y el pago del bono vacacional.

En la semana, el doméstico tiene derecho al disfrute de dos días libres, así como derecho a las prestaciones sociales.

La ley define al trabajador doméstico como aquellos ciudadanos que, en su rutina laboral, son  los trabajadores y trabajadoras que prestan sus servicios en un hogar o casa de habitación o a una persona determinada para su servicio personal o el de su familia, tales como choferes particulares, camareros, camareras, cocineros, cocineras, jardineros, jardineras, niñeros, niñeras, lavanderos, lavanderas, planchadoras, planchadores y otros oficios de esta misma índole, se regirán por lo contenido en esta Ley a todos sus efectos.

Esas protecciones legales a favor de los trabajadores domésticos, por justas, las celebramos y les damos sus bienvenidas.

Sin embargo, en la realidad social, tales protecciones legales a los trabajadores domésticos, han traído sus desventajas.

Supongamos que una joven pareja, profesionales ambos, tengan un bebe y, por esa condición, contraten a un trabajador/a doméstica, y a la misma, por mandato de la ley, deban pagarle iguales salarios y beneficios  a los que, a su vez, gana uno de los miembros de la pareja por su trabajo en la calle.

En esa situación, la quiebra es total.

El salario propio no da para pagar el salario al doméstico y pagar transporte y algo de comida en la calle a si mima.

Y deba, además,  pagarle al trabajador doméstico, la Cesta Ticket y, ya decíamos, también reconocerle  vacaciones, bono vacacional, utilidades, prestaciones sociales,
 días libres y feriados!

E inscribirlo en el seguro social.

La protección al trabajador domestico es buena, y lo malo es que, a consecuencia de la pobreza que se masificado en el país, ya casi no hay quien contrate al trabajador doméstico.

Ya no hay clase media, la gran empleadora del trabajo doméstico. La pobreza baila joropo y no sabemos que se celebra.

Post scriptum. Joel Alcalá muerto, se comenta por sicariato, nos visualiza un país que no merecemos! En el mundo laboral la tristeza en honda. Profunda. De no parar esta tragedia nacional, en la cual, para muchos,  el concepto de la vida se banaliza y envilece, otros que siempre hemos luchado, al igual que Joel, por las justas causas, tal vez caeremos en las garras de la barbarie!

Este envilecimiento de la vida, hay que pararlo!

Me duele tu final, Joel!

Me duele!

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