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Instituciones están obligadas a denunciar casos de acoso sexual contra mujeres

Autoridades de instituciones y empresas están obligadas a denunciar casos de acoso sexual contra mujeres, pues de lo contrario pueden ser sancionadas con multas que van de 50 a 100 Unidades Tributarias (UT), tal como lo establece la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

En su artículo 59 este instrumento legal refiere que incurre en este delito "toda autoridad jerárquica en centros de empleo, de educación o de cualquier otra índole, que en conocimiento de hechos de acoso sexual por parte de las personas que estén bajo su responsabilidad, no ejecute acciones adecuadas para corregir la situación y prevenir su repetición".

La Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, promulgada en el país en marzo de 2007, contempla 19 tipos de violencia de género, delitos por los que hay sanciones como el pago de multas y años de prisión.

Todos estos delitos pueden ser denunciados por las mujeres agredidas, parientes consanguíneos o afines, personal de salud de instituciones públicas y privadas, las defensorías de los derechos de la mujer, los consejos comunales y demás formas de organización popular.

En todo el país funcionan 91 tribunales con competencia en materia de delitos contra la mujer.

AVN / LR

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