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Madres lactantes podrán pedir licencia hasta por dos años para la alimentación complementaria

Foto: Referencial / Cortesía de Guía Infantil

(Caracas, 04 de diciembre. Noticias24).- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) difundió la sentencia Nº 991 la cual indica que una vez concluidos los 6 meses post natal, la madre lactante podrá solicitar una licencia de dos años para la alimentación complementaria de su bebé.

En este sentido, El TSJ estableció varios permisos de lactancia para la madre en los cuales destacan:

- Si el lugar de trabajo cuenta con un centro de educación inicial o en el mismo se ha destinado una sala para la lactancia, el descanso será dos veces al día por un lapso de treinta minutos.

- Si el lugar de trabajo no cuenta con el centro de educación inicial o la referida sala, el descanso se concederá por un lapso de una hora y treinta minutos dos veces al día.

- Si el lugar de trabajo de la madre no posee centro de educación inicial o sala de lactancia, entonces tendrá los permisos al inicio y al final de la jornada, es decir, si su hora de entrada es a las 8:30am podrá llegar a las 10am. Igual que al final de su jornada.

Es importante resaltar que la licencia para la alimentación complementaria no es de obligatoria solicitud por parte de la madre lactante, ello en virtud de que puede que ésta no pretenda amamantar o no pueda por sus condiciones hacerlo.



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