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La CorteIDH condena a Brasil por no investigar la tortura y asesinato de un periodista

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) condenó hoy al Estado de Brasil por la falta de de investigación, juzgamiento y sanción de los responsables de la tortura y asesinato del periodista Vladimir Herzog.

EFE

El Tribunal internacional también consideró responsable al Estado por la violación al derecho a conocer la verdad y a la integridad personal en perjuicio de los familiares de Vladimir Herzog.

"La CorteIDH determinó que los hechos acaecidos contra Vladimir Herzog deben ser considerados como un crimen de lesa humanidad, tal y como es definido por el derecho internacional", cita la sentencia.

El caso se remonta al 24 de octubre de 1975 cuando Vladimir Herzog, de 38 años, se presentó a declarar voluntariamente ante las autoridades militares del DOI / CODI de Sao Paulo.

Sin embargo, fue privado de su libertad, interrogado, torturado y finalmente asesinado en un contexto sistemático y generalizado de ataques contra la población civil considerada como "opositora" a la dictadura brasileña, y, en particular, contra periodistas y miembros del Partido Comunista Brasileño, según la demanda.

Las autoridades brasileñas de la época informaron que se trató de un suicidio, una versión catalogada como falsa por la familia del periodista y en la demanda. Posteriormente, las autoridades iniciaron una nueva investigación en 1992, la cual fue archivada en aplicación de la Ley de Amnistía.

Los familiares propusieron en 1976 una acción civil en la Justicia Federal que desmintió la versión del suicidio y en 1992, el Ministerio Público del Estado de Sao Paulo pidió la apertura de una investigación policial, pero el Tribunal de Justicia consideró que la Ley de Amnistía era un obstáculo para investigar.

Tras otro intento de esclarecer los hechos, en 2008 el caso fue archivado por prescripción, según la demanda.

Al ser catalogado como un crimen de lesa humanidad, el Tribunal concluyó que el Estado "no podía invocar ni la existencia de la figura de la prescripción, ni la aplicación del principio 'ne bis in ídem', de la ley de amnistía, o de cualquier otra disposición análoga o excluyente similar de responsabilidad para excusarse de su deber de investigar y sancionar a los responsables".

La Corte Interamericana reveló que debido a la falta de investigación, el Estado brasileño también violó los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial de los familiares de la víctima, identificados como Zora, Clarice, André e Ivo Herzog.

En el marco del procedimiento ante la Corte, Brasil reconoció que la conducta estatal de prisión arbitraria, tortura y muerte de Vladimir Herzog le había causado a los familiares un severo dolor, reconociendo su responsabilidad.

"A pesar de que Brasil había emprendido diversos esfuerzos para satisfacer el derecho a la verdad de la familia del señor Herzog y de la sociedad en general, la falta de un esclarecimiento judicial, la ausencia de sanciones individuales en relación con la tortura y asesinato de Vladimir Herzog, (...) violentó el derecho a conocer la verdad en perjuicio de Zora, Clarice, André e Ivo Herzog", indica la sentencia.

El Tribunal ordenó al Estado de Brasil reiniciar, con la debida diligencia, la investigación y proceso penal que corresponda por los hechos ocurridos el 25 de octubre de 1975 para identificar, procesar y, en su caso, sancionar a los responsables por la tortura y asesinato de Vladimir Herzog.

Además, adoptar las medidas más idóneas conforme a sus instituciones para que se reconozca la imprescriptibilidad de los crímenes de lesa humanidad y crímenes internacionales, así como pagar los daños materiales, inmateriales y gastos y costas.

La CorteIDH, con sede en Costa Rica, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA) y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para los países del hemisferio que han reconocido su jurisprudencia. EFE

ST

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