En un auto, los magistrados de la Sección Segunda recogen que los hechos constituyen, según la legislación de Estados Unidos, delitos de asociación delictiva para cometer lavado de dinero y lavado de instrumentos monetarios. En la legislación española vigentes estos hechos estñan sancionados como delitos de blanqueo de capitales cometidos en el seno de una organización criminal de acuerdo al Código Penal.
El Tribunal del Distrito Sur de Florida solicitan al exjefe de seguridad de Chávez por haber participado de una trama donde recibió «pagó de cientos de millones de dólares en sobornos» para efectuar operaciones de cambio de moneda extranjera (dólar) con «tasas favorables» valiéndose del cargo que ocupaba su mujer, lo que le habría reportado beneficios de cientos de millones de dólares.
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