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Este sábado comenzó el nuevo régimen de recaudación tributaria

El vicepresidente del Área Económica, Tareck El Aissami, informó que este sábado arrancó el nuevo régimen de recaudación tributaria, tras la aprobación de la reforma de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), en el cual se modifica el calendario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias generadas a partir de los meses de septiembre a diciembre del año 2018.

Este sábado comenzó el nuevo régimen de recaudación tributaria

"Comienza un nuevo régimen de recaudación tributaria, especialmente a los grandes contribuyentes de este país; a la banca nacional, a las empresas de seguro y reaseguro y otros sectores financieros", expresó El Aissami durante el acto de clausura de la Agenda Económica Bolivariana y Regiones Productivas, que inició este viernes con 16 mesas de trabajo.

En declaraciones transmitidas por Venezolana de Televisión, El Aissami señaló que este sistema de recaudación tributaria tiene como meta bajar a cero el déficit fiscal.

El pasado jueves se publicó en Gaceta Oficial, N° 41.468, una Providencia del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), donde se establece el Calendario de Sujetos Pasivos Especiales para las obligaciones que deben cumplirse para el año 2018.

El texto señala en su artículo Nº 2 que la declaración y enteramiento de las retenciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA) se realizará semanalmente, en las fechas indicadas en esta Providencia, la cual debe contener el importe retenido en la semana inmediatamente anterior. El pago será exigible el mismo día que se presente la declaración.

Asimismo, el anticipo del Impuesto Sobre la Renta (ISRL), debe realizarse a través de una declaración informativa semanal, tomando como base el ingreso bruto obtenido en el período de imposición del Impuesto al Valor Agregado, de la semana inmediatamente anterior.

En el caso de las instituciones financieras, sector bancario, seguros y reaseguros, la declaración y el pago del anticipo deberá efectuarse diariamente y se calculará sobre los ingresos brutos obtenidos del día inmediatamente anterior, multiplicado por el porcentaje fijado. AVN / RA

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